Desde enero de 2021 los patinetes eléctricos son vehículos VMP con normas claras: velocidad máxima de 25 km/h, prohibidos en aceras y vías rápidas, y obligados a circular por la calzada o carril bici.
Las nuevas medidas para el patinete eléctrico entraron en vigor el 2 de enero de 2021, con la publicación del Real Decreto 970/2020 de 10 de noviembre. El patinete eléctrico pasa a integrarse en la categoría de VMP (Vehículo de Movilidad Personal) junto con otros ciclos de motor, modificando también definiciones como la de cuatriclo o bicicleta con pedaleo asistido.
Zonas de circulación
Los patinetes eléctricos tienen prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales, por vías fuera de poblado, travesas, autopistas o autovías dentro de poblado y en túneles urbanos. Al pasar a considerarse vehículos, sus usuarios deben circular por donde circulan el resto de vehículos: calzada o carril bici habilitado.
Nueva velocidad máxima
La velocidad máxima de circulación queda fijada en 25 km/h. Esta limitación se desprende de la propia definición de VMP: «vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h».
